El gobierno de Viedma comunicó que, en orden a lo anticipado el día de ayer en conferencia de prensa por el intendente Pedro Pesatti, se han dictado dos decretos de necesidad y urgencia para restringir la circulación de personas y garantizar el distanciamiento social en el marco de la emergencia sanitaria que enfrenta nuestro país.
Las medidas son las siguientes:
-Suspensión preventiva de actividades y eventos no esenciales y que comprometan la afluencia masiva de personas, tales como: bailes populares, recitales, conciertos, representaciones teatrales, reuniones, congresos, conferencias, proyección de películas, espectáculos deportivos, fiestas particulares en salones privados, otras.
-Suspensión preventiva de actividades que se lleven a cabo en gimnasios, academias de idiomas, artes, enseñanza de profesiones y oficios y todo otro tipo de actividades que por sus características puedan asociarse o resultar afines al dictado de clases y talleres culturales y deportivos que han sido suspendidos por disposiciones del gobierno nacional, provincial y municipal.
-Restricción a la mitad de su capacidad física y/o factor ocupacional del uso de instalaciones previstas para la recepción, presencia y permanencia de personas. A tal efecto quedan comprendidos los locales comerciales y gastronómicos, supermercados, entidades financieras y bancarias, autoservicios, corralones, salones de venta, etc.
El incumplimiento de lo dispuesto, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieren corresponder, será sancionado con la clausura inmediata del ámbito físico donde se estén desarrollando las actividades y la aplicación de una multa de cien mil pesos.
Por otra parte también se dispuso la restricción preventiva de reuniones y celebraciones religiosos de los distintos credos y cultos cuyos responsables deberán guardar como principio de sus decisiones las recomendaciones emanadas de los protocolos sanitarios, garantizando el distanciamiento social de los concurrentes y observando que el número de los mismos no supere la mitad del factor de ocupación o de la capacidad física del ámbito donde se lleve a cabo la reunión o encuentro.
El incumpliento será sancionado con multa de hasta cien mil pesos y la sanción recaerá sobre el responsable del culto, iglesia, organización o asociación religiosa.
En la misma línea, también se dispuso que en el ámbito municipal se restrinja la presencia y circulación de contribuyentes y vecinos, en función de la cual el decreto prevé:
-La suspensión preventiva y temporal de todos los procesos administrativos y plazos vinculados a la administración de la Municipalidad de Viedma.
-La prórroga de todos los vencimientos que operen entre el día de la fecha y el 31 de marzo.
-Facultar a los titulares de las secretarías del Poder Ejecutivo Municipal a reorganizar el funcionamiento de cada dependencia para garantizar el distanciamiento social y los servicios esenciales que debe prestar el municipio en el contexto de la emergencia sanitaria.
En todos los casos, el período de vigencia de las normas dictadas por el Poder Ejecutivo Municipal queda comprendido desde el día de la fecha y hasta el 31 de marzo inclusive.