Con la aprobación por parte del Concejo Deliberante de la ordenanza que regula y ordena los nuevos territorios costeros anexados al ejido viedmense, la Municipalidad cuenta ahora con una herramienta fundamental para el desarrollo sustentable y equilibrado de su amplio espacio.
Cabe recordar que esta ampliación sancionada por la ley 5075 promulgada en octubre del 2015, incorporó un territorio costero continuo que se extiende desde el límite del antiguo ejido hacia el este por la margen sur del río Negro hasta su desembocadura en el Océano Atlántico, y desde allí hasta Bahía Creek, incluyéndola.
Con el objeto de normar el territorio ampliado del ejido municipal se proyectó y aprobó esta ordenanza basada en el desarrollo sustentable equilibrado y socialmente justo, con la regulación del uso del suelo como recurso natural, económico y social.
«La Carta Orgánica Municipal, expone como uno de los principios rectores de la política social y económica, el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona así como el deber de conservarlo», expresó la subsecretaria de Planificación de la Municipalidad de Viedma Lucrecia Yunes.
Explicó la arquitecta municipal que, en el caso de la costa, este derecho queda reforzado por el Código Civil al establecer que la zona marítimo-terrestre, las playas y el mar territorial serán en todo caso dominio público.
«El reto que hoy debe encarar nuestra legislación de costas es conseguir un equilibrio entre un alto nivel de protección, con una actividad respetuosa con el medio, y el desarrollo turístico, y la inversión pública y privada», destacó Yunes.
El desarrollo sostenible se alimenta de la relación recíproca entre la actividad económica y la calidad ambiental. Un litoral que se mantenga bien conservado contribuye al desarrollo económico y los beneficios de este redundan, a su vez, en la mejora medioambiental.
A través de diversas reuniones entre el área de Planificación, los concejales y distintas organizaciones, se planteó un desarrollo sustentable a través de instrumentos del planeamiento como las directrices, la clasificación del suelo, la zonificación, y la clasificación de usos.
Las directrices reflejan claramente la intencionalidad político-social de la comunidad, los criterios básicos y las previsiones para la gestión territorial.
La clasificación del suelo fija la vocación básica del suelo, la zonificación fija el perfil, y la calificación de usos regula las actividades que pueden desarrollarse en el territorio.
Los principios rectores de este ordenamiento territorial incluye la puesta en valor y conservación del paisaje ecológicamente poco perturbado de la meseta, la mejora y calificación de los nodos urbanos y la infraestructura turística, orientando el crecimiento según restricciones ambientales y proyectos de desarrollo local.
Incluye también la consolidación de una infraestructura vial ambientalmente amigable, evitando situaciones de impacto negativo.
Se propone a partir de la ordenanza el aliento a la adopción de prácticas y de tecnologías ambientales amigables y descentralizadas en materia de generación de energía, de edificación de bajo consumo energético, de captación, acopio y bajo consumo de agua, de tratamiento y disposición de aguas cloacales, y de bajo impacto hidrológico de las aguas pluviales dentro de cada predio.
También, la profundización de los acuerdos interinstitucionales y de cooperación para el mejor manejo de los territorios costeros de Viedma con la Provincia de Río Negro, el Gobierno Nacional, los diversos grupos de vecinos, las universidades, las ONG ambientalistas u otros actores.